Argentina

Nueva Reforma Laboral: Cambios en Despidos e Indemnizaciones

La reforma laboral promulgada hoy introduce el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema de aportes mensuales y cuentas individuales para respaldar a los empleadores ante eventuales desvinculaciones.

La reforma laboral promulgada hoy introduce el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema de aportes mensuales y cuentas individuales para respaldar a los empleadores ante eventuales desvinculaciones.

El Fondo de Asistencia Laboral

El FAL es un instrumento que transforma la dinámica del pago de indemnizaciones en el ámbito privado. Cada empleador debe abrir una cuenta individual en una entidad autorizada por la Comisión Nacional de Valores (CNV). El saldo de esa cuenta resulta inembargable y queda separado del resto del patrimonio de la firma.

Cómo funciona el FAL

El FAL no funciona como un seguro de desempleo tradicional. Su uso se restringe a situaciones específicas, como el despido sin causa. En caso de renuncia o jubilación, los fondos no se pierden ni son transferidos al trabajador, sino que permanecen disponibles en el fondo común de la empresa para cubrir futuras contingencias de otros empleados.

El financiamiento del FAL recae exclusivamente en los empleadores, quienes deben realizar contribuciones mensuales obligatorias. El porcentaje varía según el tamaño de la empresa. Los recursos acumulados en este sistema quedan exentos de Impuesto a las Ganancias y no pagan IVA, salvo por las comisiones que se cobren por la gestión administrativa del fondo.

Requisitos para acceder al FAL

Para que un trabajador acceda a la cobertura del FAL, debe estar debidamente registrado y contar con al menos doce meses de antigüedad. Quedan excluidos los trabajadores no registrados y quienes pertenezcan a sectores con regímenes de despido específicos, como la construcción o el servicio doméstico.

Nueva fórmula para el cálculo de indemnizaciones

La reforma también introduce una nueva fórmula para el cálculo de indemnizaciones por despido sin causa. El monto se determina únicamente sobre la base de la remuneración mensual, normal y habitual del trabajador. Quedan excluidos todos los conceptos que no sean de frecuencia mensual, como el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) y los proporcionales de vacaciones.

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