La medida del BCRA
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) tomó una medida importante que beneficia a los usuarios de tarjetas de crédito y de compra emitidas en el país. A través de la Comunicación “A” 8417, el organismo dispuso la eliminación de los límites que regían para la extracción de efectivo en el exterior mediante estas tarjetas.
Esta decisión supone un cambio significativo en la normativa cambiaria, ya que hasta ahora los usuarios que utilizaban sus tarjetas en el exterior para retirar dinero en efectivo estaban sujetos a topes estrictos por operación. La normativa vigente establecía que las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas locales de crédito y/o compra podrían otorgar como adelanto en efectivo a los tarjetahabientes en el exterior, un monto máximo de USD 50 (dólares estadounidenses cincuenta) por operación.
Los topes anteriormente vigentes
Es importante destacar que este límite se ampliaba únicamente en el caso de operaciones realizadas fuera de países limítrofes. En esos destinos, el monto máximo permitido ascendía a USD 200 por extracción. Esto significa que el esquema diferenciaba entre regiones, pero en todos los casos imponía un techo a la disponibilidad de efectivo.
La nueva disposición del BCRA
Con la nueva disposición del BCRA, estos límites quedan eliminados. A partir de la entrada en vigencia de la medida, ya no rigen topes regulatorios específicos para este tipo de operaciones, lo que implica que las extracciones en el exterior dejarán de estar condicionadas por esos montos máximos establecidos previamente en la normativa cambiaria.
Impacto en los usuarios
La modificación alcanza a los adelantos en efectivo que se realizan con tarjetas de crédito y de compra emitidas en la Argentina cuando los usuarios se encuentran fuera del país. Este tipo de operaciones consiste en la posibilidad de retirar dinero en moneda extranjera desde cajeros automáticos en el exterior, utilizando el límite disponible de la tarjeta.
Cambios en la normativa cambiaria
El cambio normativo se centra exclusivamente en la eliminación de los topes regulatorios. En ese sentido, la comunicación del BCRA no introduce nuevos límites ni reemplaza los anteriores por otros valores, sino que directamente los deja sin efecto. De este modo, desaparece la restricción cuantitativa que regía hasta ahora en el marco del texto ordenado sobre Exterior y Cambios.
La disposición también redefine el alcance de las facultades de las entidades emisoras de tarjetas. Hasta la modificación, las entidades debían ajustar los adelantos en efectivo a los montos máximos fijados por la regulación. Con la eliminación de esos límites, el esquema queda desregulado en términos de los topes específicos por operación previstos en la normativa cambiaria.
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